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jueves, 23 de diciembre de 2010

Impulsan el fuero ambiental en la Provincia de Buenos Aires.

El gobierno bonaerense decidió impulsar la creación de un fuero ambiental en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires, ante el cual se podrán presentar las denuncias por agresiones a recursos naturales o por contaminación.

En la actualidad, esas causas se ventilan ante tribunales que no tienen preparación especializada para el campo del derecho ambiental.

Según prevé el proyecto presentado por el titular del Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible (OPDS) y el Ministro de Justicia provincial, en una primera etapa, se pondrán en funcionamiento al menos ocho tribunales especializados de instancia única, de tres jueces cada uno. Por ahora esos tribunales tendrán su asiento en el conurbano bonaerense, para luego crearse nuevos tribunales en otras ciudades de la provincia.

En forma paralela, el OPDS está trabajando en la redacción de un Código de Faltas Ambiental, que establecerá qué tipo de sanciones se aplicarán en los casos de contaminación.

lunes, 13 de diciembre de 2010

Características del cheque cancelatorio.

El 22/10/2010, el Banco Central de la Répública Argentina emitió la Comunicación "A" 5130, reglamentaria de la utilización del cheque cancelatorio, que buscará prioritariamente, evitar grandes movimientos de dinero físico por parte de los clientes de las entidades financieras.

Esta normativa es reglamentaria de la ley Nº 25.345, que creó este medio de pago en el año 2000, pero que hasta el momento no había sido implementado.

Desde el punto de vista jurídico, el cheque cancelatorio es un medio de pago asimilable a la entrega de dinero en efectivo.

Estos cheques serán emitidos por el Banco Central y tendrán carácter bimonetario (pesos y dólares).

Las entidades colocarán el importe y la clase moneda a solicitud del cliente, y percibirán de dicha persona el monto en la moneda en que se emita el instrumento.

Se emitirán en un rango que va de los $ 5.000 a $ 400.000, y de los U$S 2.500 a U$S 100.000.

Cada interesado sólo podrá comprarlo en el banco donde tenga cuenta y firma registrada. Para cobrarlo también será necesario tener cuenta y firma registrada en un banco.

Una vez emitidos, después que el empleado bancario haya puesto los datos solicitados por el cliente, el cheque ya contará con la garantía del Banco Central, ya que se emitirá contra el débito en cuenta o el pago del monto solicitado.

Para las personas físicas, no estarán sujetos al impuesto al cheque. Las personas jurídicas serán alcanzadas por una alícuota del 1,2 %.

No pagarán comisiones ni gastos de emisión o venta, tendrán una validez de 30 días corridos, y admitirán hasta dos endosos nominativos, que deberán ser certificados por escribano público, autoridad judicial o entidad bancaria.