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martes, 26 de febrero de 2019

Algunas consideraciones al momento de celebrar un contrato de franquicia comercial.

El derrumbe de los gigantes económicos mundiales, la atomización de los emprendimientos productivos y el fenómeno Pyme, todos ellos acontecimientos que han sucedido a nivel global, han provocado la irrupción de un nuevo tipo de contratación, que ha crecido exponencialmente en las últimas dos décadas: el contrato de franquicia comercial.

¿Cuáles son sus ventajas?

Para el cliente, la previsibilidad del producto a adquirir o servicio a contratar. Cuando un cliente reconoce una marca franquiciada, sabe exactamente lo que le va a pasar, eliminando así la angustia de lo imprevisible, tan incómoda para la naturaleza humana. El cliente siente seguridad, sabe lo que va a encontrar detrás de un rótulo y un diseño específico.

También el franquiciante y el franquiciado pueden gozar de esa seguridad, siempre y cuando celebren un contrato de franquicia escrito, claro y autosuficiente, que establezca con la mayor precisión posible el alcance de la relación entre sus partes, que expresa las razones por las cuales el franquiciante acepta permitir al franquiciado operar la franquicia, usar la marca de fábrica y vender los productos o prestar los servicios con los estándares de calidad impuestos por el contrato.

Regular todos estos aspectos permitirá a las partes resolver de una forma amigable los conflictos que puedan surgir durante la relación comercial, facilitando el logro de acuerdos que redundarán en beneficio de ambos. Pues, parafraseando el refrán popular, “más vale prevenir que pleitear”.

Cada negocio es un mundo y, por tanto, el contrato deberá ser cuidadosamente redactado, de manera de reflejar fielmente esa realidad negocial concreta. Algunos ítems que conviene tener en cuenta:

1) Derechos. Se debe pactar que el franquiciante le otorga al franquiciado el derecho a explotar el negocio de comercialización según el contrato de franquicia, el derecho a conocer el “know how” específico y el de recibir en forma continua asistencia comercial o técnica durante la vigencia del acuerdo. Se deberá establecer que el uso del nombre se autoriza únicamente para la explotación del negocio de comercialización. Se debe pactar que es una obligación principal del franquiciado el cumplir con los estándares de calidad fijados por el franquiciante, puesto que está en la esencia misma del contrato de franquicia que el franquiciado debe hacer uso del nombre y del negocio de comercialización franquiciado de modo de no dañar su prestigio e integridad. A su vez, se deberá establecer el derecho del franquiciante de inspeccionar el local del franquiciado y examinar sus libros contables, laborales, declaraciones impositivas, previsionales, etc.

2) Zona de exclusividad. Se sugiere prever que el franquiciado explotará el negocio exclusivamente desde el local comercial, debiendo mantener al día todos los permisos y habilitaciones para la explotación del mismo. Se recomienda pactar la prohibición del franquiciante de otorgar otra franquicia en la zona del franquiciado mientras el contrato esté vigente.

3) Prohibición de competencia. Se puede prohibir al franquiciado que explote, por sí o por terceros, directa o indirectamente, en la zona o fuera de ella, negocios similares o iguales al negocio de comercialización franquiciado, durante la vida del contrato. Se puede acordar que esta prohibición se mantenga aún vencido el contrato, durante un plazo a pactar.

4) Contraprestación. El franquiciante está impedido por ley de fijar los precios que el franquiciado cobrará a sus clientes. Puede sugerir, en cambio, pautas acerca de los precios para que sean competitivos respecto a su plaza.

5) Publicidad. Lo habitual es que al franquiciado se le exija cumplir con los requerimientos de publicidad para el negocio de comercialización que el franquiciante le exija, costo que será a cargo del franquiciado. A su vez, el franquiciado no podrá realizar ninguna publicidad del negocio, sin la aprobación del franquiciante.

6) Mantenimiento y reparaciones. Se sugiere establecer la obligación del franquiciado de mantener el local comercial en perfectas condiciones de funcionamiento y conservación. Sus instalaciones deberán adecuarse al diseño propio del negocio de comercialización franquiciado.

7) Seguros. Conviene que el contrato de franquicia requiera al franquiciado, como mínimo, que tenga seguro por daños a terceros, de riesgos de trabajo, y por daños a bienes inmateriales, y que especifiquen coberturas mínimas. El franquiciante debería figurar como coasegurado, recibir una copia de la póliza y ser notificado en caso de anulación.

8) Rescisión. Se deben establecer expresamente las causas que provocan la rescisión del contrato de franquicia, y cuáles son los correlativos derechos y obligaciones de las partes. En caso de que ello ocurra, el franquiciado deberá abandonar inmediatamente el uso del nombre, descontinuar con la explotación del negocio de comercialización franquiciado, devolver las insignias y demás carteles, abonar inmediatamente todas las sumas adeudadas al franquiciante, así como modificar las instalaciones del local para evitar confusión en los consumidores.

9) Transferibilidad del interés. Se sugiere establecer con precisión bajo qué condiciones puede el franquiciado transferir su franquicia a un tercero.

10) Fallecimiento, incapacidad  o insolvencia del franquiciado. Conviene pactar qué sucederá en caso de que el franquiciado fallezca o se incapacite, así como en caso de que caiga en estado de insolvencia. También cuáles son las condiciones en que sus sucesores pueden operar el negocio o transferirlo, y bajo qué circunstancias puede el franquiciante comprarlo.

11) Contratista independiente. Se debe establecer que el franquiciante y el franquiciado son dos empresas independientes, no existiendo ninguna relación de sociedad, empleo, representación, que no sea la del contrato de franquicia comercial. Dejar así en claro que el franquiciado será el único responsable por las obligaciones que contraiga. En el mismo sentido, las relaciones del franquiciado con su personal, proveedores, Estado, son inoponibles al franquiciante. En materia tributaria, se sugiere prever que los impuestos creados o a crearse corren por cuenta del franquiciado.

12) Confidencialidad. Se debe prever que el franquiciado deberá guardar reserva de toda información, documentación, balances, facturas, know-how que hubiera adquirido por la explotación del negocio franquiciado, durante la vida del contrato, y aún vencido el mismo. Igualmente respecto de toda información propia del franquiciado que el franquiciante hubiere conocido en razón de las facultades de fiscalización que le confiere el contrato.

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