Nuestro principal objetivo es proveer servicios de alta calidad para proteger los intereses de nuestros clientes, brindando constante y actualizado asesoramiento, con el fin de maximizar el rendimiento de sus inversiones, anticipar conflictos y resolver disputas, buscando soluciones prácticas a través de un abordaje jurídico y económico de la problemática en cuestión.





viernes, 29 de enero de 2010

ABL, Inmobiliario, Automotor: ¿conviene pagar en cuotas o con descuento?

La conveniencia de pagar en forma anticipada la tasa de ABL (alumbrado, barrido y limpieza) en la Ciudad de Buenos Aires, o el Impuesto Inmobiliario en la Provincia de Buenos Aires, así como el Impuesto Automotor, o las diversas tasas por servicios municipales que aplican los entes recaudatorios municipales, suele generar todos los años ciertas dudas entre los contribuyentes.

El interrogante surge a partir del hecho de que el gobierno porteño y el bonaerense otorgan un 10 % de descuento si el contribuyente abona estos impuestos en una cuota única.

El ente recaudatorio bonaerense (ARBA), además de este descuento, beneficia con un descuento adicional del 5 % al "buen contribuyente", es decir, aquel que tiene todas las cuotas pagas (o incluidas en un plan de pagos vigente) durante los últimos cinco años.

Similares beneficios conceden en todo el país numerosísimos órganos de recaudación, tanto provinciales como municipales.

¿Cuáles son las variables que debe analizar el contribuyente para decidir?

Hay quienes afirman que desde el punto de vista financiero no es conveniente el pago anticipado -una sola cuota en efectivo- debido a que la inflación esperada es mayor que el beneficio del descuento que realiza el ente fiscal. Para el caso, vale la pena tener en cuenta que la tasa de inflación que se espera para el 2010 ronda entre el 17 % y el 20 % anual.

Por el contrario, una de las principales causas por las que un contribuyente decide pagar este tipo de impuestos al contado es la "comodidad" administrativa, concepto que, en el ámbito empresarial, suele denominarse más técnicamente "desgaste" o "costo" administrativo.

Otro factor que incide sobre la decisión a adoptar es el riesgo de revaluación fiscal del inmueble o automotor gravado, ya que dicha valuación es la base sobre la cual se aplica la alícuota. Si se paga la cuota anual, el impuesto se encuentra 100 % satisfecho, y en tal caso sería ilegal exigir el pago de adicionales por una eventual revaluación -siempre y cuando esa revaluación no responda a una conducta omisiva o fraudulenta del contribuyente-.

Todos estos son factores que deben ser merituados si se pretende optimizar el desempeño financiero de la empresa, especialmente cuando se poseen numerosos o vastos inmuebles, o se trabaja con una flota de vehículos.

No hay comentarios:

Publicar un comentario