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domingo, 15 de agosto de 2010

Corte Suprema: las "asignaciones no remunerativas" integran la base salarial.

Sentando un importante precedente, el día 19/5/2010 la Corte Suprema de Justicia de la Nación dictó sentencia en los autos "González, Martín Nicolás c/ Polimat S.A. y otro", estableciendo que tienen carácter remunerativo los aumentos salariales de emergencia dispuestos a partir de la crisis de finales del año 2001 con el objeto de "recuperar el ingreso alimentario" y "corregir el deterioro de las remuneraciones en general y los salarios de menor cuantía en especial".

Atento el carácter "no remunerativo" que se pretendía endilgar a dichas asignaciones dinerarias, el actor vio reducida su indemnización por despido, y por tales motivos recurrió al máximo Tribunal, que consideró que dichas sumas debían ser consideradas a los fines de establecer la base salarial de la liquidación por despido.

Al negar la naturaleza "no retributiva" de esos incrementos dispuestos por decreto, la Corte recordó que "el carácter alimentario es naturalmente propio del salario", y entendió que "los decretos 1273/02, 2641/02 y 905/03 resultan inconstitucionales en cuanto desconocen la naturaleza salarial de las prestaciones que establecen".

Dichas sumas, por lo tanto, son parte integrante del salario.

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