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lunes, 15 de noviembre de 2010

Condena a indemnizar daño moral por un corte de electricidad.

La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal, en la causa "D.I. c/ Edesur s/ Daños y Perjuicios", determinó que la compañía Edesur deberá abonar una indemnización por daño moral y daños materiales a un usuario que permaneció más de 60 horas sin energía eléctrica durante el verano del año 2009.

La sentencia de primera instancia había hecho lugar a la demanda, presentada por el usuario con el objeto de obtener una indemnización por los daños y perjuicios ocasionados a raíz del corte del suministro de energía eléctrica, originado en un incendio que tuvo lugar en la subestación Azopardo de la firma, en el mes de febrero de 2009.

La actora alegó que dicha interrupción del suministro le provocó la pérdida de alimentos perecederos, falta de provisión de agua, y la consiguiente alteración de su calidad de vida en diversos aspectos.

La sentencia de grado, que hizo lugar a la demanda, fue sin embargo apelada por la actora, que consideró reducida la indemnización reconocida en concepto de daño moral y material, expresando que tal suma resultaba exigua en relación a los daños padecidos.

Los jueces integrantes de la Sala II de la Cámara deteminaron que el monto de la indemnización por el daño material debía quedar limitado a lo que había considerado el juez de primera instancia.

Sin embargo, respecto de la reparación del daño moral, resolvieron incrementar la suma asignada por la instancia anterior.

Para así decidir, resaltaron que "la real y efectiva duración del apagón, las molestias e incomodidades que la interrupción del servicio ocasionó al demandante en su vida, con el agravante de que el actor vivía en un piso 6º -por lo que debió acceder a su vivienda por escalera varias veces al día-, sumado a que el apagón se produjo en el mes de febrero, con los calores sofocantes propios de la época, sin poder acceder a ningún sistema de refrigeración", hacían que la indemnización fijada por el juez de grado resultara exigua con relación a los daños provocados. Por esas razones decidieron elevar la suma respectiva.

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